Bono de Invierno

El Bono de Invierno constituye un respaldo económico no sujeto a postulación, diseñado para asistir a los pensionados con ingresos modestos en el país. Su propósito es facilitar a estos beneficiarios la afronta de los costos adicionales asociados a la temporada invernal.

programa social bono de invierno

¿Qué implica el Bono de Invierno?

El Bono de Invierno es una contribución económica destinada a apoyar a los pensionados de bajos ingresos en el país, brindándoles recursos adicionales para afrontar los gastos asociados a la temporada invernal.

En el año 2025, el monto del bono fue extraordinario, alcanzando los $134.767, sumando $74.767 entregados automáticamente durante mayo como parte del beneficio base. Los $60.000 adicionales están supeditados a la aprobación del Congreso mediante un proyecto de ley.

Este beneficio está dirigido a pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS), Pensiones Básicas Solidarias (PBS), Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca), Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), Mutualidades de Empleadores de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, y del Sistema de AFP, siempre y cuando perciban el beneficio de Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) en mayo o reciban pensiones mínimas con Garantía Estatal. La entrega del bono está sujeta a la aprobación del Congreso y no requiere postulación, siendo identificado/a como beneficiario/a mediante el call center de ChileAtiende.


Los beneficiarios y beneficiarias deben cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Tener 65 años de edad cumplidos al 1 de mayo de 2025.
  2. Recibir una pensión igual o inferior al monto de la Pensión Mínima de Vejez establecida para mayores de 75 años, la cual es de $201.677 (sin incluir el Aporte Previsional Solidario de Vejez o la Pensión Garantizada Universal, en caso de aplicar).
  3. Ser pensionados o pensionadas de alguna de las siguientes instituciones:
    • Instituto de Previsión Social (IPS).
    • Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
    • Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
    • Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
    • Mutualidades de Empleadores/as.
  4. Ser pensionados o pensionadas del sistema de AFP y compañías de seguro, que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
  5. Ser beneficiarios y beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal.

No son beneficiarios/as del Bono Invierno:

  1. Pensionados/as del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech.
  2. Titulares del Subsidio de Discapacidad Mental, ya que no están expresamente contemplados en esta ley y no cumplen con el requisito de edad, ya que este subsidio está dirigido a personas menores de 18 años.
  3. Titulares de indemnización del carbón, ya que no están contemplados en la ley. En el caso de que estos titulares reciban alguna otra pensión, tampoco podrán recibir el Bono de Invierno, incluso si el total de las pensiones recibidas es inferior al límite establecido.


PENSIÓN PARA ADULTOS MAYORES

Preguntas Frecuentes sobre el Bono de Invierno para Pensionados en Chile

¿Qué es el Bono de Invierno?

El Bono de Invierno es un aporte económico dirigido a personas pensionadas de Chile con el propósito de ayudarles a enfrentar los gastos asociados a la temporada invernal.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono de Invierno?

Entre los requisitos se incluye tener 65 años cumplidos al 1 de mayo de 2025, recibir una pensión igual o inferior a la Pensión Mínima de Vejez para mayores de 75 años y ser pensionado de instituciones específicas como IPS, ISL, Dipreca, Capredena, Mutualidades, AFP, entre otros.

¿Cómo se determina el monto del Bono de Invierno?

El monto base del bono es de $74.767 y se entrega automáticamente durante el mes de mayo. En casos extraordinarios, un proyecto de ley podría aprobar un aporte adicional de $60.000, sujeto a la aprobación del Congreso.

¿Cómo puedo saber si soy beneficiario del Bono de Invierno?

Puedes verificar si eres beneficiario llamando al call center de ChileAtiende al número 101 en los horarios indicados.

¿Existen casos en los que no se otorga el Bono de Invierno?

No serán beneficiarios los pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech, los titulares del Subsidio de Discapacidad Mental y los titulares de indemnización del carbón, entre otros casos específicos.

¿Necesito postular o realizar algún trámite para recibir el Bono de Invierno?

No, el Bono de Invierno se otorga automáticamente a quienes cumplen con los requisitos establecidos por ley. No es necesario postular ni realizar trámites adicionales.

¿Cómo y cuándo se realiza el pago del Bono de Invierno?

El monto base se entrega automáticamente durante mayo en el mismo lugar y fecha de pago habitual de la pensión. El monto adicional, en caso de ser aprobado, se entregará una vez que el proyecto de ley sea aprobado por el Congreso.

¿Qué debo hacer si creo cumplir con los requisitos pero no aparezco como beneficiario?

Si cumples con los requisitos pero no apareces como beneficiario, puedes realizar un reclamo en www.bonoinvierno.cl una vez habilitada la plataforma de reclamos.

¿Cuánto tiempo tengo para cobrar el Bono de Invierno?

El plazo para cobrar el Bono de Invierno es de 9 meses desde la emisión del documento de pago. Después de este plazo, expira el derecho a cobrar el beneficio.

¿El Bono de Invierno está sujeto a descuentos o impuestos?

No, el Bono de Invierno no está sujeto a descuentos ni impuestos. Tampoco se considera para el pago de cotizaciones previsionales o de salud.

¿Querés recibir más información sobre planes sociales? Completá el siguiente formulario ⬇️

Volver atrás: Plan Social Pensionado
Volver al inicio: Plan Social Chile